El día 17 de noviembre del presente año, el Servicio de Administración Tributaria, publicó a través de su portal de internet, la DÉCIMA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2022, SEGUNDA VERSIÓN ANTICIPADA.

El cual indica el segundo periodo de vacacional que comprende del 19 al 30 de diciembre del 2022.
En los días mencionados no se computarán los plazos administrativos que establecen las leyes y reglamentos. Los documentos presentados ante el SAT, ya sea física o de forma digital, durante los días mencionados, se considerarán recibidos hasta el 02 de enero del 2023
